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Santander – 13.05.2020
CaixaBank se ha adherido al convenio impulsado por el Gobierno de Cantabria para que aquellos trabajadores afectados por un Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) que aún no hayan cobrado la prestación puedan percibir un anticipo inmediato a través de un préstamo a interés cero.
El convenio ya había sido suscrito en días pasados por Liberbank y, próximamente, también está previsto que sea suscrito por el Banco Sabadell, una vez que la firma del mismo sea autorizada en Consejo de Gobierno.
En base a esta colaboración con el Gobierno cántabro, CaixaBank puede poner a disposición de sus clientes un anticipo de hasta dos mensualidades de 500 euros cada una, hasta un máximo de 1.000 euros en total, para que puedan disponer de ingresos mientras no reciben el abono que les corresponde.
En el caso de que el trabajador presente el certificado de prestación ya reconocida por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), el préstamo puede ascender hasta el 100% de la cuantía pendiente de cobro.
El documento ha sido rubricado por las consejeras de Economía y Hacienda y de Empleo y Políticas Sociales, María Sánchez y Ana Belén Álvarez, respectivamente, y por el Director Territorial Norte de CaixaBank, Juan Pedro Badiola.
Desde el Gobierno de Cantabria han agradecido a estas entidades el compromiso demostrado con los trabajadores de Cantabria y con la sociedad en su conjunto, que también se refleja en otras líneas de colaboración como son los préstamos ICO a pymes y autónomos de la región.
El procedimiento
El adelanto de la prestación por desempleo se articula mediante préstamos personales de un máximo de 500 euros mensuales, y no conllevará el pago de intereses. El plazo máximo de amortización de dichos préstamos es de 6 meses y la cantidad máxima no podrá exceder de dos mensualidades, es decir, 1.000 euros.
Para la tramitación de estos anticipos, los beneficiarios deberán aportar ante la entidad bancaria el certificado de empresa donde consten los siguientes requisitos: que el trabajador ha sido incluido en un ERTE provocado por la crisis del COVID-19; que el expediente ha sido tramitado por la empresa y enviado al SEPE; los términos esenciales del expediente, así como la información que permita cuantificar el importe de la prestación por desempleo que le pudiera corresponder y la identificación de una cuenta bancaria.
Fuente: www.cantabria.es