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Santander – 04.03.2021
La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente incrementará los controles sobre el movimiento de animales al pasto comunal de cada uno de los solicitantes de las ayudas del pago básico de la Política Agraria Común (PAC), verificando que los beneficiarios cumplen con los criterios exigidos en cuanto a la carga ganadera mínima y la duración del pastoreo.
La necesidad de tomar esta medida, viene dada porque el pasado 27 de enero se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 41/2021, de 26 de enero, por el que se establecen las disposiciones específicas para la aplicación en los años 2021 y 2022 de los reales decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.
En esta norma se limita como única actividad agraria admisible en las superficies forrajeras de aprovechamiento en común la del pastoreo con animales de la propia explotación del solicitante.
Unos requisitos que se han de cumplir de manera individual para cada uno de los comunales declarados por el beneficiario en la Solicitud Única para 2021, pudiendo conllevar la pérdida de la ayuda y sanción para años posteriores, en caso de realizar declaración de superficies comunales sin realizar actividad agraria sobre ellas.
Por todo ello, el consejero del ramo, Guillermo Blanco, ha hecho un llamamiento a los gestores de las superficies de aprovechamiento en común y a los titulares que solicitan la adjudicación de esas superficies para que cumplan con las exigencias establecidas para la actividad agraria.
Según ha explicado, “esta medida va a beneficiar a la inmensa mayoría de los ganaderos que realizan el aprovechamiento de nuestros pastos comunales todos los años, contribuyendo al mantenimiento de esas superficies de alto valor medioambiental”.
Ha precisado que los controles de la Consejería se centrarán, de manera especial, en aquellas actividades o superficies que no tengan relación con la orientación productiva de la explotación y en los pastos declarados que se ubiquen a una distancia superior a 50 kilómetros de la ubicación principal de la explotación o explotaciones de las que el solicitante es titular.
En este sentido, ha recordado que una correcta adjudicación de superficies forrajeras de aprovechamiento en común es aquella que contempla un reparto proporcional al número de animales efectivamente desplazados por el que se autoriza el aprovechamiento.
Blanco ha rechazado, además, la práctica del “acaparamiento de tierras, por ser contraria a los objetivos de la PAC de mantener un tejido rural vivo y un sector primario competitivo”.
“Se trata de una práctica que hay que rechazar y erradicar porque contribuye a la expulsión de los ganaderos que tradicionalmente explotan este tipo de pastos e impide la instalación de nuevos ganaderos y el desarrollo de nuevas alternativas de producción más competitiva y sostenible”, ha dicho Blanco, quien ha recordado que aún sigue abierto el plazo de declaración de pastos comunales de cara a la percepción de las ayudas del pago básico de la PAC.
Fuente: www.cantabria.es