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Agenda de juicios de la semana del 3 de mayo de 2021

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Principales vistas orales señaladas en los órganos judiciales de Cantabria

Lunes, 3 de mayo

10:00 horas
Sección Tercera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Abreviado 5/2019
Prevaricación administrativa y negociaciones prohibidas a funcionarios

Acusados los que fueran alcalde y secretario del Ayuntamiento de Noja en el año 2006 y siguientes.

Según el ministerio fiscal, los acusados “aprovechando su condición, dictaron y ampararon, respectivamente, a sabiendas de su ilegalidad, diversas resoluciones administrativas que contradecían manifiestamente la legislación vigente”.

En este sentido, continúa el escrito, aplicaron “resoluciones diferentes a casos semejantes a los tramitados, retrasando el proyecto de la entidad Nocanor Promociones” de construir un complejo residencial.

Según la fiscalía, ello se produjo “como consecuencia del interés mostrado” por el que fuera alcalde en la finca y a que finalmente no se llegó a un acuerdo para su participación en el proyecto empresarial.

“Así, incluso antes de la adquisición del referido inmueble, el acusado advirtió al propietario del mismo de que a la hora de tener en cuenta las diversas ofertas, entre las que había habido ofertas de la empresa de su mujer, debía considerar que ‘él era el que concedía las licencias urbanísticas’”, señala el escrito de calificación.

Explica la fiscalía que en el proceso de solicitar la licencia municipal, “los servicios técnicos del Ayuntamiento, a instancia y solicitud del alcalde y a sabiendas de que no era necesario”, notifican a la empresa un requerimiento de documentación para tramitar un estudio de detalle que, según la normativa, no era preciso elaborar para este tipo de licencias.

En septiembre de 2006 se presenta la solicitud de licencia, “produciéndose a partir de entonces un goteo de requerimientos de la más diversa documentación, que demoró artificialmente la resolución del expediente”.

En octubre de un año después, los servicios técnicos del Ayuntamiento “informan que la licencia de obras requiere previamente la tramitación de un proyecto de urbanización, así como un proyecto de compensación” por lo que la Junta de Gobierno Local deniega la licencia.

Señala el escrito de calificación fiscal que de ese modo el Ayuntamiento se “aparta de los precedentes municipales y del criterio mantenido por el propio alcalde” quien, en relación a la misma parcela, señaló en el pleno municipal meses antes “que su desarrollo no requería” tal proyecto de compensación.

En noviembre de 2007, “el alcalde, de manera infundada, dicta resolución por la que exige la cesión gratuita del 10% correspondiente al aprovechamiento de un sector, “sin existir informes técnicos y jurídicos sobre la base de los cuales se adopte dicha resolución, la cual no era susceptible de recurso”.

De ese modo, se “apartó de resoluciones anteriores de otros proyectos de edificación en sentido totalmente contrario, puesto que pese a ser suelo urbano, requirió un proyecto de urbanización por considerar que el terreno era suelo urbano no consolidado y, además, obligó a efectuar cesiones de aprovechamiento”.

Explica el escrito que esa denegación de licencia fue recurrida ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que estimó íntegramente el recurso, tanto en primera como en segunda instancia.

En mayo de 2008, se acordó conceder la licencia de obras solicitada bajo condición de realizar un acta de replanteo debido al arbolado de la finca.

Meses después, el Ayuntamiento notifica a la empresa que a resultas del citado acta, debe ingresar 60.520 euros en concepto de ejecución de medidas compensatorias a la tala de encinas, resolución que también fue recurrida ante los tribunales, que estimaron la demanda.

En junio de 2010, por decreto de la alcaldía se acuerda la paralización inmediata de las obras por no ajustarse a la licencia otorgada. Un año después, se levanta la paralización.

“Como consecuencia de todas estas trabas e impedimentos establecidos, solo se pudo ejecutar la primera fase, que constaba de 59 viviendas, 1.219m2 de locales y 69 garajes, más algunas dependencias auxiliares, sin que hayan quedado determinados los perjuicios causados a la empresa Nocanor”.

Los hechos descritos constituyen, según la fiscalía, un delito continuado de prevaricación administrativa –que imputa a los dos acusados- y de un delito de negociaciones prohibidas a funcionarios públicos –que imputa al que fuera alcalde-.

La pena solicitada para el primer edil asciende a doce años de inhabilitación para el ejercicio de cargo o empleo público, un año de prisión y una multa de 6.750 euros.

El secretario municipal, por su parte, considera el ministerio fiscal que es merecedor de una pena de diez años de inhabilitación para el ejercicio de cargo o empleo público.

En materia de responsabilidad civil, establece el escrito que ambos deben indemnizar de forma solidaria en la cantidad en que se determine por los perjuicios causados a la empresa.

Nota:

Está previsto que el juicio continúe el martes 4 y el miércoles 5 de mayo, en sesiones que darán comienzo a las diez de la mañana.

Martes, 4 de mayo

09:30 horas
Sección Primera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Abreviado 32/2020
Tráfico de drogas

Acusado de esconder en la rejilla de la chimenea de la vivienda de quien entonces era su pareja una bolsita con 33,36 gramos de cocaína, destinada a su venta entre terceros.

La bolsa fue entregada por la mujer a la Guardia Civil.

El ministerio público considera estos hechos un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño, merecedor de una pena de cuatro años y tres meses de prisión, así como de una multa de 10.196 euros.

Jueves, 6 de mayo

10:00 horas
Sección Tercera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Sumario 53/2020
Homicidio

Acusado de tirotear a un conocido, que pudo salvar la vida por la asistencia sanitaria.

Según relata el ministerio fiscal en su escrito, el acusado fue llevado en taxi hasta Renedo de Piélagos, donde se dirigió a un portal, llamó al telefonillo de una vivienda, habló con un hombre y le pidió que bajara.

Este accedió “en la creencia de que la pretensión del procesado era mantener una conversación sobre la hora a la que iban a quedar al día siguiente, para dirigirse a una obra que ambos iban a ejecutar juntos”.

El hombre bajó al portal y no encontró al acusado, por lo que salió a buscarle a la carretera y vio cómo aquel se marchaba. Entonces, le llamó y en ese momento el acusado fue hacia a él, “le empezó a llamar ‘hijo de puta’ y sacó sorpresivamente de la cintura un revólver con la intención de acabar con su vida”.

Ante esta situación, el hombre “empezó a huir, recibiendo un primer disparo en la espalda”. Al llegar al portal, “se tropezó y recibió otro disparo en el tórax, pese a lo cual pudo saltar una barandilla que separa la rampa de acceso al garaje”.

El hombre cayó “desde varios metros de altura, desplomándose en el suelo, momento que el procesado, con el fin de lograr su propósito, siguió disparando repetidamente el revólver con dirección a su víctima, hasta percutir los seis proyectiles del cargador”.

Continúa el escrito de la fiscalía explicando que “varios vecinos se asomaron a las ventanas, alertados por la detonación de los proyectiles, y llegaron a hacer fotografías y grabar videos del acusado con el arma en la mano”.

Posteriormente, el procesado se dirigió hasta la finca de una vivienda, donde escondió la pistola. No obstante, a continuación se personó en el cuartel de la Guardia Civil de Piélagos donde confesó lo ocurrido.

Como consecuencia de los hechos, la víctima sufrió lesiones consistentes en dos heridas por arma de fuego “que supusieron un claro riesgo vital”.

El acusado, en prisión provisional por esta causa, ha pedido perdón por lo sucedido y ha indemnizado a la víctima con 45.000 euros, con los que ésta se da por resarcida de los daños.

Los hechos constituyen, a juicio de la fiscalía, un delito de asesinato en grado de tentativa y otro de tenencia ilícita de armas, con la concurrencia de las circunstancias atenuantes de confesión y reparación del daño.

La pena solicitada es de tres años y nueve meses de prisión por el primer delito y otro año de cárcel por el segundo, además de que se le imponga la pena de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima durante un periodo de ocho años.

El escrito de acusación de la fiscalía ha sido suscrito por la acusación particular y también por la representación del acusado, quien acepta los hechos y la pena que pide el fiscal.

Viernes, 7 de mayo

09:30 horas
Sección Primera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Abreviado 5/2021
Robo continuado con fuerza en casa habitada

Cuatro acusados de integrar un grupo criminal dedicado a robar en viviendas habitadas.

Según el escrito del ministerio público, durante el mes de febrero de 2020 se establecieron en una casa rural en Álava desde donde se trasladaban a distintas localidades de Cantabria, País Vasco y Navarra para perpetuar robos “estando todos de acuerdo en las acciones y en la intención de obtener un beneficio económico ilícito”.

La fiscalía relata en su escrito hasta diez robos en viviendas, cinco de ellos en Cantabria, en los municipios de Santa Cruz de Bezana, Requejada-Polanco y Boo de Piélagos.

En el registro realizado en la vivienda donde se alojaban “se encontraron sesenta evidencias relacionadas con los hechos, muchas de ellas, efectos y dinero de varios de los domicilios asaltados”. También se hallaron documentos de identidad falsos de los de los acusados, que habían sido elaborados “de propia mano o a orden de los acusados”.

Los hechos constituyen, a juicio del ministerio fiscal, un delito continuado de robo con fuerza en casa habitada, que se imputa a los cuatro acusados; y otro de falsificación de documentos, que se atribuye a dos de ellos.

Por el primer delito, entiende la fiscalía que la pena para cada uno de ellos debe ascender a cinco años de prisión; y por el de falsificación, a un año y medio de cárcel y multa de 3.600 euros para cada uno de los dos acusados de falsear su documento de identidad.

En concepto de responsabilidad civil, solicita que indemnicen de manera conjunta y solidaria en 63.000 euros a los propietarios de las viviendas asaltadas y a sus aseguradoras.

Nota:

Está previsto que este juicio continúe del lunes 10 al viernes 14 de mayo, en sesiones que darán comienzo a las nueve y media de la mañana.