Info Cantabria

Agenda de juicios de la semana del 31 de mayo de 2021

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Principales vistas orales señaladas en los órganos judiciales de Cantabria.

Martes, 1 de junio, 09:30 horas

Sección Primera de la Audiencia Provincial, Procedimiento Abreviado 16/2021

Tráfico de drogas

Acusado de entregar droga a una persona que se encontraba sentada en el lugar del copiloto de un vehículo.

Según el relato del ministerio fiscal, agentes de la Guardia Civil vieron los hechos e identificaron al acusado acompañado de una mujer, también acusada, quien portaba 18,19 gramos de cocaína con la intención de su distribución entre terceras personas.

Los hechos constituyen, a juicio de la fiscalía, un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño por el que pide una condena a cada uno de los acusados de cuatro años de prisión y multa de 1.100 euros.

 10:00 horas

Quebrantamiento de condena y agresión sexual

Acusado de agredir sexualmente a su expareja cuando pesaba sobre él una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con ella.

Según la fiscalía, el hombre fue condenado en 2017 como autor de un delito de violencia de género a la pena no comunicar ni acercarse durante tres años a la mujer que durante cuatro años había sido su pareja. El cumplimiento de esta pena se extendía hasta septiembre de 2020.

A pesar de ello, “en muchas ocasiones, con consentimiento mutuo, el procesado ha mantenido reiteradas comunicaciones telefónicas” con la mujer, “también se ha visto con ella e incluso han retomado temporalmente la relación que tenían”.

Así las cosas, en marzo de 2018 el acusado acudió de madrugada al domicilio de la mujer y, cuando ésta abrió la puerta, se abalanzó sobre ella y ésta cayó sobre una cama que se encontraba en la entrada.

Entonces “el procesado sujetó los brazos de ella, colocó una de sus manos en la boca de aquella para que no gritara, la bajó el pantalón, apartó la ropa interior e introdujo su pene en la vagina de la mujer, a pesar de la tenaz oposición de ella, y eyaculó dentro”.

“Momentos después –continúa el escrito-, el procesado vomitó al lado de la cama, arrojó despectivamente un billete de veinte euros a la mujer y se marchó”.

Explica el ministerio fiscal que cuando tuvieron lugar estos hechos el hombre “se encontraba afectado en su capacidad volitiva por la previa y muy abundante ingesta de alcohol”.

Permaneció en prisión provisional desde marzo de 2018 hasta agosto de 2019, y en la declaración practicada en el juzgado de instrucción en octubre de 2020 “reconoció haber realizado los hechos descritos” y ha entregado a la mujer 2.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

La fiscalía considera que el acusado es autor de un delito continuado de quebrantamiento de condena, y de otro delito de quebrantamiento en concurso con un delito de violación.

Concurren, a su juicio, las circunstancias agravantes de reincidencia, género y parentesco, y las atenuantes de embriaguez, confesión y reparación.

Así, solicita una pena de once meses de prisión por quebrantar de manera continuada la prohibición de comunicar y acercarse a la mujer; y tres años y nueve meses de cárcel por quebrantar la prohibición de acercarse a la mujer y violarla.

Junto a ello, entiende la fiscalía que procede imponer la pena de prohibición de acercarse y comunicar con la mujer durante un plazo superior en dos años al de la pena de prisión, así como una medida de libertad vigilada con posterioridad a su salida de la cárcel de cinco años.

En concepto de responsabilidad civil, el ministerio fiscal considera que el hombre debe indemnizar a quien fue su pareja en 6.000 euros.

Miércoles, 2 de junio, 09:30 horas

Sección Primera de la Audiencia Provincial, Procedimiento Abreviado 28/2020

Pornografía infantil

Acusado de contactar a través de Instagram con una niña de nueve años y ofrecerla participar en un supuesto sorteo de móviles a cambio de que le enviara fotografías en las que ella apareciera desnuda, según relata el escrito de la fiscalía.

La niña así lo hizo.

Entonces, el acusado le pidió su número de teléfono para seguir hablando por Whatsapp, la niña se lo dio y él se valió de esta aplicación para seguir pidiéndole fotos y videos en las que apareciese desnuda, “solicitándola que se masturbase en ellos, para lo cual hubo de explicarle en qué consistía la masturbación, dado que la menor ni siquiera entendía en qué consistía dicha práctica sexual por razón de su corta edad”.

La menor accedió a estas peticiones, sacándose más fotografías, grabándose en el baño de su vivienda y envidando este material al acusado.

Éste siguió pidiéndola que mandara más videos y realizó una videollamada con la niña en la que ella estaba desnuda, pues él se lo había pedido previamente.

En el momento de conectar con él, la menor “cortó inmediatamente al darse cuenta de que se trataba de un hombre”.

Del mismo modo, el acusado pidió la dirección postal a la niña con la excusa de enviarla el supuesto premio prometido y la menor se la dio. Le propuso encontrarse con ella para la entrega, lo que nunca llegó a suceder.

La madre de la menor presentó denuncia al descubrir en su teléfono móvil fotografías y videos elaborados por la menor.

Cuando el acusado fue localizado y su vivienda registrada, se hallaron varios dispositivos y memorias donde el acusado almacenaba unos 600 videos y fotografías en los que aparecían otros menores de edad desnudos en poses eróticas, o manteniendo relaciones sexuales entre sí o con adultos, “archivos que el acusado no solo poseía para su propio disfrute sino que en parte había compartido con otros usuarios no identificados en internet”.

Los hechos constituyen, a juicio de la fiscalía, un delito de utilización de menores para la elaboración de material pornográfico y otro delito de distribución de pornografía infantil.

Por ello, pide una condena por el primero de los delitos de ocho años de prisión, prohibición de comunicación y acercamiento con la menor durante un periodo de doce años, medida de libertad vigilada tras la salida de prisión de otros ocho años, e inhabilitación para cualquier profesión u oficio, sea retribuido o no, que conlleve contacto regular y directo con menores por un periodo de tiempo de doce años.

Por el segundo de los delitos, la fiscalía solicita una condena de tres años de prisión, libertad vigilada de cuatro e inhabilitación para profesión u oficio con menores durante ocho años.

En concepto de responsabilidad civil, pide una indemnización de 3.000 euros para la menor por el daño moral causado.

11:30 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial, Procedimiento Abreviado 55/2020

Apropiación indebida

Acusado de suscribir un contrato que luego no cumplió.

Según la fiscalía, el acusado, con antecedentes por delito de estafa, suscribió un contrato con una empresa para explotar y colaborar en la venta de productos de merchandising del Mundial de Vela 2014.

Con ocasión de dicho contrato, la empresa suministró al acusado prendas por valor de 29.318 euros, de las ventas de las cuales obtuvo 9.522 euros.

“El acusado, con ánimo de obtener un beneficio económico ilícito se apoderó del resto de prendas o cantidades recibidas, tanto en efectivo como mediante el cobro de la venta de productos mediante un datafono ajeno a la empresa, evitando así que el importe de las compras se ingresará en la cuenta de ésta”, señala el escrito.

La pena solicitada por la fiscalía asciende a un año y medio de prisión e indemnización de 19.795 euros por un delito de apropiación indebida.