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El servicio jurídico de CSIF Cantabria consigue el reconocimiento del derecho de una funcionaria a percibir, en concepto de trienios, las cantidades que venía percibiendo en su condición de personal laboral antes de adquirir la condición de funcionaria.
La sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Cantabria, en fecha 8 de julio de 2021, resuelve el recurso contencioso interpuesto contra la Administración General de Estado bajo la dirección del servicio jurídico de CSIF, estimándolo en su totalidad y fallando reconociendo el derecho del recurrente a percibir en concepto de trienios -después de adquirir la condición de funcionario de carrera- la cantidad que venía percibiendo como personal laboral, así como el derecho a percibir los atrasos e intereses correspondientes.
En esta sentencia, la Sala del TSJ viene en consecuencia a desestimar la solicitud de inadmisión del recurso presentada por la Administración demandada, en este caso, la Administración General del Estado. Entiende el juzgador que, en aplicación de la doctrina jurisprudencial (sentencias del TS de 21 y 30 de mayo de 2019 alegadas por la parte demandante)) no hay duda de que la cantidad reclamada por la demandante “es la que debe computarse a tales efectos al aplicarse razones de seguridad jurídica y coherencia interna de la propia sala.” Por todo ello, se estima la demanda en su integridad, reconociendo el derecho de la demandante a percibir los trienios en la cantidad correspondiente, con las actualizaciones correspondientes, así como los atrasos que se deriven desde 2015 a 2019 y se condena a la Administración al pago de las costas procesales.
Desde CSIF Cantabria se celebra esta pionera sentencia, así como todas aquellas que se dicten reconociendo derechos de los trabajadores y se confía en que, la misma, sirva para que la Administración reconozca este mismo derecho a todos los trabajadores afectados.