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El TSJC informa:
Martes, 30 de noviembre
09:30 horas
Sección Primera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Abreviado 7/2020
Tráfico de drogas
Dos acusados de traficar con heroína dentro del centro penitenciario de El Dueso.
Según el escrito del ministerio fiscal, uno de los acusados, interno en la prisión citada, entró en la celda del otro y le dejó en el bolsillo de la chaqueta que el segundo había colgado en una percha un paquete que contenía 27 gramos de heroína.
Entiende la fiscalía que el dueño de la chaqueta “pretendía distribuir la droga entre los internos del centro penitenciario”.
Por ese motivo, considera a ambos autores de un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño, con la concurrencia de la circunstancia agravante de reincidencia, y solicita una condena de nueve años de prisión y multa de 2.000 euros para el que pretendía vender la droga entre los reclusos, y seis años de cárcel y la misma multa para el que le entregó el paquete.
Miércoles, 1 de diciembre
09:30 horas
Sección Primera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Abreviado 42/2021
Tráfico de drogas
Acusados un hombre y una mujer de traficar con cocaína en su propio domicilio de Santander.
El ministerio público relata en su escrito de acusación que, acordada la entrada y registro en el domicilio de los acusados, cuando la comisión judicial llamó a la puerta, éstos no abrieron y “aprovecharon el tiempo que siguió hasta que por la fuerza se logró el acceso a la vivienda para arrojar por el sanitario del baño la cocaína que en ese momento tenían en el domicilio para su venta”.
“No obstante no encontrar restos de dicha sustancia, que sí aparecieron en las aguas residuales, se localizó agenda con anotaciones de venta de droga, recortes de plástico en bolsas para realizar las papelinas, restos de cocaína en una balda donde había una caja fuerte, así como báscula de precisión”, señala la fiscalía.
Los hechos constituyen, a su juicio, un delito contra la salud pública merecedor de una condena de cuatro años de prisión para cada uno de los acusados.
Jueves, 2 de diciembre
09:30 horas
Sección Primera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Abreviado 47/2020
Falsedad, prevaricación y malversación
Acusados el que fuera alcalde pedáneo del Concejo de Las Rozas en la localidad de Las Rozas de Valdearroyo y el secretario pedáneo de un delito de falsedad, por remitir entre 2013 y 2014 al Boletín Oficial de Cantabria actas de sesiones de juntas ordinarias que no se habían celebrado.
En las mismas se hacía constar la aprobación de las cuentas generales de 2012 y de 2013, así como los presupuestos de 2014 y el inventario de bienes del mismo año.
Ambos “eran plenamente sabedores de que tales juntas no se habían celebrado”, explica la fiscalía.
Además, se acusa al alcalde pedáneo de concertar un contrato con una empresa al margen de la junta y “vulnerando el procedimiento de contratación”, con la finalidad de realizar unas obras de acondicionamiento de un edificio de viviendas. En el contrato ambas partes se comprometían a formalizar un contrato de alquiler a largo plazo.
Según explica el ministerio fiscal, el alcalde entregó a cuenta del Concejo un total de 30.000 euros para hacer frente a los gastos iniciales.
“El acusado, plenamente conocedor de lo expuesto, otorgó tal contrato al margen de la junta, de modo que, vulnerando el procedimiento de contratación, procedió a la adjudicación directa, soslayando la necesidad de tramitar un expediente”, señala la calificación fiscal.
Posteriormente, el Concejo declaró la nulidad del contrato y exigió la restitución íntegra de los 30.000 euros, que ya están depositados.
Por último, “con pleno conocimiento de que estaba infringiendo sus obligaciones como alcalde pedáneo respecto de la correcta y adecuada gestión de los fondos del Concejo, disposición de gasto y ordenación de pagos con la debida constancia documental y contable, acordó el gasto de dichos fondos por medio de cheques emitidos a cargo de las cuentas bancarias titularidad del ente público, al portador o a su propio nombre, sin expresar el concepto a que se destinaban tales efectivos, y al margen de todo procedimiento”.
Así, el acusado firmó hasta siete cheques por un importe total de 3.830 euros.
Los hechos constituyen, a juicio del ministerio fiscal, un delito continuado de falsedad en documento oficial, que atribuye tanto al alcalde pedáneo como al secretario; así como un delito de prevaricación y otro de malversación, ambos atribuidos al alcalde.
La pena solicitada para ambos por el delito de falsedad asciende a cinco años de prisión y multa de 5.400 euros.
Para el delito de prevaricación, el ministerio fiscal pide una condena de siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y para el delito de malversación, un año y siete meses de prisión, así como una multa de 3.000 euros.
En concepto de responsabilidad civil, la fiscalía considera que el que fuera alcalde pedáneo debe indemnizar al Concejo de Las Rozas en 3.830 euros, la cantidad que suman los cheques por él firmados.