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SODERCAN amplía hasta el 12 de julio el plazo para solicitar las ayudas EMPRECAN PLUS

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El programa Emprecan Plus cubre gastos de constitución, puesta en marcha, activos fijos y formación, hasta un máximo de 55.000 euros de ayuda por solicitante.

La Sociedad para el Desarrollo de Cantabria, SODERCAN, adscrita a la Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio, ha ampliado hasta el 12 de julio el plazo de solicitud de las ayudas EMPRECAN PLUS, destinadas a emprendedores y empresas de nueva creación, que cuentan con una dotación de 900.000 euros.

SODERCAN subvenciona a través de esta convocatoria gastos de constitución, puesta en marcha, activos fijos y formación, hasta un máximo de 55.000 euros de ayuda por solicitante. Estas subvenciones están dirigidas a autónomos o empresas que hayan iniciado una nueva actividad económica con posterioridad al 1 de julio de 2020.

El consejero de Industria y presidente de SODERCAN, Javier López Marcano, ha destacado el impacto del programa EMPRECAN Plus, que el año pasado contribuyó a la creación de más de un centenar de nuevas empresas con ayudas por importe de algo más de 700.000 euros (701.391,59€).

Este año, la Sociedad para el Desarrollo de Cantabria ha elevado la dotación de las ayudas EMPRECAN Plus hasta los 900.000 euros y ha abierto por primera vez la convocatoria a nuevos sectores de actividad, como por ejemplo servicios administrativos, actividades sanitarias y de servicios sociales. También actividades auxiliares a la educación, así como artísticas, recreativas y de entretenimiento.

El consejero ha explicado que el objetivo de este programa es favorecer la creación de nuevas empresas y el crecimiento y consolidación de las pymes de reciente creación.

Las solicitudes se pueden presentar de forma telemática a través del Gestor de Ayudas de SODERCAN.

Cuatro líneas de ayudas

El programa Emprecan Plus se divide en cuatro líneas de ayudas que cubren gastos de constitución (registro, notaría y asesoría), gastos de puesta en marcha (alquiler, registro de marcas y patentes, diseño de imagen corporativa y página web, prototipos, acreditaciones, plan de marketing, etc); activos fijos (maquinaria, bienes de equipo, mobiliario, ordenadores, propiedad industrial, aplicaciones informáticas, plataformas ecommerce, etc); y formación especializada (enseñanza formal en habilidades técnicas empresariales).

Podrán ser subvencionables los gastos que se realicen desde el 1 de julio de 2020 hasta el 15 de junio de 2O22. En todo caso, todos los conceptos deberán estar facturados, pagados y ejecutados íntegramente en dicho periodo.

La línea de gastos de constitución cubre el 100% de los gastos considerados como elegibles con un límite de 500 euros por empresa; la de puesta en marcha tiene una intensidad del 60% y un máximo de 15.000 euros; activos fijos, 50% de intensidad y un máximo de 37.500 euros por empresa; y formación especializada, 60% de intensidad y un máximo de 2.100 euros por empresa.

El objetivo es facilitar aquellas actuaciones que deba llevar a cabo el emprendedor para la constitución de su empresa, incentivar las primeras acciones que debe realizar para la puesta en marcha de su proyecto empresarial y para la ejecución del plan de inversiones proyectado en la nueva empresa, así como estimular e incentivar actividades relacionadas con la formación continua en áreas de difícil acceso en el marco formativo tradicional.