51706 visitas
Santander – 25.06.2021
A partir de hoy ya se pueden solicitar las subvenciones destinadas a apoyar la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de personas trabajadoras o desempleadas en el contexto de la crisis ocasionada por la pandemia de la COVID-19.
El Decreto, que fue aprobado en Consejo de Gobierno el pasado jueves día 17, ha sido publicado ayer en el BOC y da de plazo un mes para que las personas trabajadoras, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, puedan solicitar la subvención para cubrir los gastos que les ha ocasionado el cuidado de sus hijos o de personas dependientes que estén bajo su tutela.
También podrán recibir estas ayudas las personas desempleadas que participen en acciones de orientación profesional del Servicio Cántabro de Empleo (EMCAN) mientras desarrollan esas actividades.
El Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales, va a destinar a esta medida, que forma parte del II Acuerdo del Diálogo Social en Cantabria, algo más de 1,5 millones de euros que beneficiarán a cerca de 1.200 personas.
Actuaciones subvencionables
Según recoge el Decreto, se subvencionarán los gastos en guarderías o centros de atención infantil debidamente autorizados y que no gocen de régimen de gratuidad, ubicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como la contratación de personas cuidadoras.
La cuantía de la subvención es de hasta 80 euros al mes por cada hijo o hija en el caso de gastos en guarderías y/o centros de atención infantil y hasta 450 euros al mes –por un periodo máximo de seis meses- si se trata de la contratación de personas cuidadoras.
Estas cantidades podrán aumentarse en otros 40 euros al mes, como máximo, si la solicitante es persona responsable de familia monoparental en el momento de presentar la solicitud, si es persona con discapacidad o mujer víctima de violencia de género.
El periodo subvencionable que cubre la convocatoria abarca del 1 de febrero de 2020 hasta el 31 de mayo de 2021.
En todos los casos, para beneficiarse de estas ayudas, la base imponible general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a la declaración presentada en 2020 no podrá superar la cuantía de 26.000 euros en el caso de tributación individual y 38.000 euros si se trata de tributación conjunta.
Los solicitantes de las ayudas que hayan desarrollado acciones de orientación profesional a propuesta del Servicio Cántabro de Empleo, podrán recibir una ayuda de hasta 7,00 euros hora por cada hijo o hija a cargo, cantidad que podrá aumentar hasta 2,00 euros más en el caso de familia monoparental en el momento de presentar la solicitud, si es persona con discapacidad o mujer víctima de violencia de género.
El plazo para presentar las solicitudes es de un mes y se pueden presentar desde hoy mismo, por cualquiera de los métodos aceptados en la actual legislación, acompañadas de la documentación requerida, en el modelo oficial que se puede descargar en la página Web del Servicio Cántabro de Empleo (www.empleacantabria.es).