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Agenda de Juicios para esta semana

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El TSJC informa:

Lunes, 24 de enero

09:30 horas

Sección Primera de la Audiencia Provincial

Procedimiento Abreviado 47/2021

Delito continuado de apropiación indebida

Acusado de, en su condición de presidente de la Federación Cántabra de Fútbol desde 1990 a 2012, disponer de los fondos de la entidad.

Según el escrito de calificación del ministerio fiscal, “aprovechando su posición en la Federación, con intención de obtener un ilícito enriquecimiento, durante los años 2010, 2011 y 2012 dispuso de dinero de la citada entidad para su propio interés personal”.

Así, relata la fiscalía que en 2010 dispuso de 342 euros para enseres personales, como unas gafas, plantas para su hogar o una vitrocerámica, entre otros, así como de 595 euros para el seguro de su domicilio particular, y de 5.049 euros en concepto de “dietas por desplazamientos que no se realizaban y sin justificación documental alguna”, explica el escrito.

Un año después, según el ministerio público, dispuso de otros 554,64 euros para gastos personales, 621 euros para el seguro del hogar y 4.542 euros para “dietas por supuestos desplazamientos no realizados y sin justificación documental alguna”.

En 2021, los gastos personales ascendieron a 231,41 euros, el seguro de su domicilio a 656 euros y las dietas por desplazamientos sin justificación a 1.650 euros. Además, en esa anualidad dispuso de otros 2.017 euros para gastos judiciales particulares.

Por otro lado, indica el ministerio público que entre 2010 y 2012 “la Federación Cántabra de Fútbol solía comprar entradas a la Federación Española de Fútbol para encuentros tanto nacionales como internacionales. Dichas entradas –continúa- ulteriormente eran vendidas a terceros, siendo entregado su importe al acusado, que lo incorporó a su patrimonio para uso personal”. De este modo obtuvo, según la fiscalía, 24.434 euros.

Finalmente, relata que el acusado, el tesorero y los secretarios de la Federación (no investigados en esta causa) “acordaron modificar el acta” de la asamblea general de 1999 para añadir “que se acordaba por unanimidad suscribir un plan de pensiones a su favor y a cargo de las cuentas de la Federación”.

Así, según señala el ministerio fiscal, se suscribieron cuatro planes de pensiones: dos contratados en julio de 1999 y otros dos en noviembre de 2003, todos con aportaciones periódicas a cargo de la Federación.

En mayo de 2007, el acusado solicitó el rescate de las dos primeras y recibió 59.502 y 20.259 euros, respectivamente; y en abril de 2007 pidió la anulación de las dos segundas por jubilación y recibió 16.229 y 12.203 euros, respectivamente.

Los hechos constituyen, a juicio de la fiscalía, un delito continuado de apropiación indebida agravado por la cuantía, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas.

La pena solicitada es de dos años de prisión y 2.400 euros de multa, además del pago de una indemnización a la Federación Cántabra de Fútbol que asciende a 148.888 euros.

Por su parte, la Federación Cántabra de Fútbol, que ejerce la acusación particular, considera que el acusado es autor de varios delitos independientes: de un delito de apropiación indebida agravado por la cuantía -subsidiariamente de un delito de administración desleal- por la disposición de fondos a su favor; y de un delito de estafa agravado por la cuantía -subsidiariamente de un delito de apropiación indebida independiente del anterior- por la manipulación del acta para la contratación de las primas y la percepción de las aportaciones periódicas.

La petición de pena que realiza la acusación particular asciende a tres años de prisión y multa de 8.100 euros por el primero de los delitos; y cuatro años de cárcel y multa de 9.000 euros por el segundo.

En concepto de responsabilidad civil por ambos delitos, la indemnización reclamada asciende a 182.619 euros.

Nota:

Está previsto que este juicio se desarrolle hasta el jueves 27 de enero, en sesiones que darán comienzo a las 9:30 horas, con el siguiente cronograma:

  • Lunes: interrogatorio del acusado y testificales propuestas por el ministerio fiscal.
  • Martes: continuación de las testificales propuestas por fiscalía y celebración de las testificales de la acusación particular.
  • Miércoles: testificales de la defensa.
  • Jueves: periciales, conclusiones e informes.

10:00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial

Procedimiento Abreviado 29/2021

Lesiones

Acusada de agredir a su pareja.

Según el escrito del ministerio fiscal, la acusada mantuvo una discusión con su pareja, en el transcurso de la cual “con ánimo de menoscabar su integridad física la zarandeó cuando ésta intentaba recoger sus cosas para marcharse y le mordió con idéntico ánimo en el lóbulo de la oreja izquierda, arrancándole con ello un trozo”.

El ministerio fiscal considera los hechos un delito de lesiones con la concurrencia de la circunstancia agravante de parentesco, merecedor de una condena de cuatro años y medio de prisión y de una indemnización de 10.210 euros.

11:15 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial

Procedimiento Abreviado 14/2021

Estafa

Acusado de contratar la rehabilitación y luego la construcción de una vivienda que no llegó a realizarse.

Según explica el ministerio fiscal en su escrito, “con la idea preconcebida de obtener un beneficio económico ilícito”, el acusado contrató con una mujer la rehabilitación de una vivienda con el compromiso de acabar en cuatro meses.

La mujer hizo un pago de 24.290 euros pero el acusado solo llevó a cabo la demolición del tejado y del interior de la casa, así como el inicio del cerramiento de la finca.

Explica la fiscalía que entonces el acusado “aduciendo una supuesta denuncia de la Dirección General de Carreteras, renegoció el contrato” para, por 10.000 euros más, tirar la vivienda y rehacerla unos metros más atrás.

“Sin embargo, el acusado solo ganaba tiempo con esta excusa, pues nunca realizó más trabajos en la obra, a pesar de recibir más ingresos de la perjudicada en los meses sucesivos”, hasta un total de 44.290 euros.

El ministerio fiscal considera estos hechos un delito de estafa merecedor de una pena de cuatro años de prisión y multa de 4.500 euros. Además, también pide condena para la mercantil del acusado: una multa de 80.000 euros.

En concepto de responsabilidad civil, solicita que tanto el acusado como su empresa indemnicen a la perjudicada en 25.000 euros.

Martes, 25 de enero

10:00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial

Procedimiento Abreviado 40/2021

Malversación

Acusado de, en su condición de secretario y administrador del Común de Valdelomar, entidad pública encargada del uso y aprovechamiento del Monte del Común, realizar reintegros de efectivo y transferencias a una cuenta propia.

Según el escrito de la fiscalía, aprovechando que era el autorizado en las dos cuentas corrientes del organismo, desde enero de 2014 hasta julio de 2015 “realizó numerosos reintegros en efectivo y, empleando las claves para operar electrónicamente, diversas transferencias” a una cuenta corriente de la que era administrador único.

Las cantidades oscilaban entre los 200 y los 2.500 euros, “causando un perjuicio total para la entidad pública de 37.529 euros”.

En septiembre de 2015, el acusado entregó en caja 39.590 euros “a fin de abonar las cantidades indebidamente percibidas”.

El ministerio fiscal considera los hechos un delito continuado de malversación impropia con reparación del daño causado, merecedor de una pena de dos años y medio de prisión y de inhabilitación para empleo o cargo público por un periodo de cinco años.

Por su parte, las juntas vecinales de Castrillo de Valdelomar, San Andrés de Valdelomar y Santa María de Valverde ejercen la acusación particular y se suman a la petición de pena de la fiscalía.

Miércoles, 26 de enero

10:00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial

Procedimiento Sumario Ordinario 17/2020

Abuso sexual

Dos acusados de abusar sexualmente de una joven a la que, según el ministerio fiscal, echaron una sustancia en su bebida.

El escrito de calificación relata que en abril de 2019 la mujer se encontraba en la zona de fiesta de la localidad de Noja cuando entabló conversación con los acusados.

Ella, que estaba con una amiga en un pub tomando unas cervezas, se acercó a la barra y allí estaban ellos. Entonces, estos “le invitaron a tomar una cerveza, momento en el que aprovecharon para echarle una sustancia en su bebida, que no ha podido determinarse, que le hizo caer en un estado de semiinconsciencia, hasta el punto de no recordar anda hasta las doce y media del mediodía del día siguiente”.

“Tal circunstancia fue aprovechada por los acusados, quienes sobre las cinco y media de la madrugada abandonaron el pub en compañía de la mujer, en el estado de sumisión en el que se encontraba”, señala el escrito.

Los tres se dirigieron a un piso de la misma localidad, y allí, los acusados actuaron “de común acuerdo y con ánimo de satisfacer sus instintos sexuales, con pleno conocimiento de que tanto por las bebidas alcohólicas que había consumido como por alguna sustancia que hizo disminuir su nivel de consciencia no podía rechazarles físicamente”.

Entonces, la desnudaron y la penetraron anal y vaginalmente, “todo ello mientras se encontraba bajo los efectos anteriormente descritos, e incapaz por ello de impedir a los acusados sus propósitos”.

La mujer se despertó sobre las doce y media del mediodía “no recordando lo que había ocurrido, dónde estaba ni cómo había llegado hasta allí”.

Los hechos constituyen, según la fiscalía, un delito de abuso sexual con penetración merecedor de una condena, para cada uno de los dos acusados, de ocho años de prisión, prohibición de comunicar y acercarse a la víctima durante diez años y de una medida de libertad vigilada tras la pena de prisión de otros diez años.

En concepto de responsabilidad civil, considera que los acusados deben indemnizar a la víctima en 12.000 euros por los daños morales sufridos.

La acusación particular que ejerce la mujer eleva la petición de condena a diez años de cárcel, y la indemnización a 18.000 euros.

Nota:

Está previsto que este juicio continúe el jueves 27 de enero, a las diez de la mañana.