36256 visitas
El certificado energético es un documento que cualquier necesita propietario que quiera alquilar o vender una vivienda, oficina o local. El Gobierno prepara cambios en la ley.
Los arquitectos e ingenieros dejarán de tener en ciertos casos la exclusividad para emitir certificados energéticos, un documento que cualquier propietario que quiera alquilar o vender una vivienda, oficina o local necesita obtener, salvo excepciones. De acuerdo con el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, el certificado de eficiencia energética (CEE) debe entregarse al comprador o al arrendatario en caso de nueva construcción, venta o alquiler de inmuebles.
Así lo recoge el proyecto de real decreto por el que se modifica la normativa que regula el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, que incluye información objetiva sobre las características energéticas de un inmueble.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), a instancias del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha analizado este proyecto, calificando como positivo que desaparezca esta exclusividad y se vincule a la capacitación técnica de los profesionales.
Según explica Competencia, “la normativa vigente establece una reserva de actividad, de forma que sólo los ingenieros, ingenieros técnicos, arquitectos y arquitectos técnicos tienen capacidad para emitir este tipo de certificados. La propuesta de normativa revisa los requisitos que deben exigirse a los técnicos competentes para certificar la eficiencia energética de los edificios y crea un Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes en dicha materia”.
El proyecto distingue entre dos tipos de certificados:
- Los certificados de obra terminada, que podrán firmarlos profesionales de las ramas de arquitectura e ingeniería y, como novedad, los de otras titulaciones con una formación complementaria
- Los certificados de proyecto, que solo podrán seguir firmando los profesionales de las ramas de arquitectura e ingeniería.
No obstante, la CNMC insta a suprimir también esta última exclusividad o bien que se justifique debidamente la reserva de actividad para las certificaciones energéticas de proyecto.
Las recomendaciones de la CNMC
El documento remitido por Competencia destaca que “positivo que en el Proyecto de Real Decreto desaparezca la reserva de actividad citada y se vincule a la capacitación técnica de los profesionales, tal como la CNMC ha señalado en anteriores informes”. Sin embargo, también realiza una serie de recomendaciones:
- Suprimir o justificar debidamente la reserva de actividad para las certificaciones energéticas de proyecto. Se recomienda la debida justificación de esta restricción o su supresión.
- Acreditación del contenido de módulos de formación. La CNMC considera positivo que se convaliden ciertos cursos en el caso de que el contenido haya sido superado en otras formaciones con anterioridad. Sin embargo, se recomienda no restringir la obtención de estas titulaciones en determinados centros o universidades, sino que tengan en cuenta los créditos cursados en cualquier titulación y/o universidad.
- Formación continua de los técnicos competentes ya registrados. . Es necesario justificar la necesidad y proporcionalidad de esta exigencia sobre la base de razones imperiosas de interés general debidamente acreditadas. A falta de justificación, se propone su eliminación.
Consigue ahora tu certificado energético con idealista
Solicítanoslo y en menos de 24h laborables un técnico te llamará para fijar una cita y visitar tu inmueble. En 48h laborables después de la visita, recibirás el certificado. Seguro, fácil y rápido.