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Cetelem reclamaba a una usuaria de Cabezón de la Sal 4.500 euros de un crédito que abonó a otra persona

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FACUA ha logrado que deje de exigirle el dinero a la afectada y le devuelva 320 euros que le cobró de cuota inicialmente.

Cetelem reclamaba a una usuaria 4.467 euros de un crédito que abonó a otra persona que suplantó su identidad. Tras la actuación de FACUA-Consumidores en Acción, la entidad ha dejado de exigir el dinero a la afectada y le ha devuelto 320 euros que le cobró de cuota pese a que ella nunca lo había solicitado.

Gloria A.B., residente en la localidad cántabra de Cabezón de la Sal, contrató en noviembre de 2020 una Tarjeta Opción Plus con Cetelem, que consistía en una línea de crédito de 6.658 euros con una cuota mensual fija de 213 euros.

En enero de 2021, la usuaria recibió una llamada de Cetelem indicándole que constaban pendientes de pago 320 euros de un nuevo crédito que había solicitado. Según el agente de la compañía, esta cuota se debía a una petición que había hecho la afectada para que le ingresaran 4.467 euros en una cuenta del Banco Santander.

La usuaria, que nunca había solicitado dicha cantidad y ni siquiera tenía una cuenta en ese banco, comunicó que habían debido suplantar su identidad y denunció los hechos a la Policía.

Cetelem, sin embargo, siguió requiriendo insistentemente a Gloria el pago de los 320 euros de la cuota. Para evitar más presiones por parte de la empresa, terminó abonando dicha cantidad. Inmediatamente procedió a reclamar a la empresa la devolución del dinero, sin éxito.

La afectada decidió acudir entonces a FACUA para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación se dirigió a Cetelem para instarle a que devolviera a Gloria los 320 euros y dejara de reclamarle el pago del crédito de 4.467 euros, que se había solicitado de forma fraudulenta usando los datos de la usuaria.

En el escrito, FACUA recordaba que el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes, recoge en su artículo 36 que “las operaciones de pago se considerarán autorizadas cuando el ordenante haya dado el consentimiento para su ejecución”, circunstancia que no se había producido en este caso, al tratarse de una suplantación de identidad.

Por tanto, el artículo 43 establece que en estas circunstancias “el usuario de servicios de pago obtendrá la rectificación por parte del proveedor de servicios de pago de una operación de pago no autorizada o ejecutada incorrectamente únicamente si el usuario de servicios de pago se lo comunica sin demora injustificada, en cuanto tenga conocimiento de cualquiera de dichas operaciones que sea objeto de reclamación”, mientras que el artículo 45 indica que “en caso de que se ejecute una operación de pago no autorizada, el proveedor de servicios de pago del ordenante devolverá a éste el importe de la operación no autorizada de inmediato”.

Además de instar a Cetelem a que deje de reclamar el pago del crédito fruto de la suplantación, FACUA ha denunciado los hechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Finalmente, tras la reclamación de la asociación, Cetelem ha procedido a devolver a Gloria los 320 euros, ha dejado de reclamarle el crédito de 4.467 euros y ha restablecido la cuota mensual a los 213 euros iniciales que contrató la usuaria con la entidad.