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La Consejería de Sanidad ha establecido la limitación horaria de los establecimientos abiertos al público tras la finalización del estado de alarma a las 22.30 horas, sin poder admitir nuevos clientes a partir de las 22.00 horas, tal y como ha se ha publicado este jueves en el Boletín Oficial de Cantabria. La resolución, sin fecha de finalicación, ha entrado en vigor a las 00.00 horas del viernes 7 de mayo.
Esta limitación horaria, como hasta ahora, no será aplicable a los establecimientos sanitarios, farmacias, servicios veterinarios de urgencia, centros residenciales de servicios sociales y gasolineras o estaciones de servicio.
El resto de restricciones sanitarias se mantienen en vigor, de forma indefinida, mientras Cantabria continúe en nivel de riesgo alto (nivel 3).