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Dos acusados, la secretaria de un concejal de Camargo y un voluntario del banco de alimentos, de malversar caudales públicos

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Dos acusados –la secretaria de un concejal de Camargo y un voluntario del banco de alimentos- de malversar caudales públicos se sientan hoy a partir de las 09:30 horas en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial (Salón de Actos) acusados de malversación.

Según el escrito del ministerio fiscal, la acusada, en su condición de secretaria del concejal de servicios sociales del Ayuntamiento de Camargo, asumió funciones de supervisión y organización del banco de alimentos del municipio.

El banco tenía como función repartir entre personas necesitadas comida, material diverso y vales utilizables para la compra de productos frescos en un establecimiento de un centro comercial del municipio.

Las personas y familias que podían hacer uso del banco estaban inscritas en un listado elaborado por los funcionarios del Ayuntamiento, en el que aparecía el número de miembros de la unidad familiar y se establecía un número máximo de cinco vales, con un valor de diez euros cada uno.

Cuando la acusada llegó a su puesto en la secretaría “se desplazó del banco de alimentos a los voluntarios que venían llevándolo hasta la fecha, asumiendo ella la supervisión y control total” del mismo, “esencialmente, el tema de reparto de vales de compra”.

“Así, se formaron nuevos voluntarios entre personas de su confianza, entre ellos también el otro acusado, quien colaboraba con ella en el reparto de alimentos y vales”, añade el escrito.

En septiembre de 2016 se organizó un reparto de 1.200 vales por un importe de 12.000 euros y para concurrir al mismo se remitió un mensaje SMS a los 384 beneficiarios del banco, “a los que teóricamente les correspondían un total de 893 vales según el número de miembros”.

Ante esta situación, la acusada “tras comprobar que los vales a repartir no ascendían a la totalidad del dinero consignado, decidió repartir un número indeterminado de vales a personas allegadas suyas no incluidas en el listado de usuarios”.

En este sentido, subraya la fiscalía que “al menos entregó vales a 14 personas no incluidas en las listas de beneficiarios ni familiares de estos” y además “se quedó para sí misma al menos 30 vales”.

Y continúa: “Para ello cambió el sistema de reparto de vales, limitándose a hacer listados manuscritos de las personas que supuestamente los recogían, sin hacer constar el número de vales al que tenían derecho, ni los que se entregaban, ni el número identificativo de dichos vales, como sí se había hecho con anterioridad”.

De ese modo, “provocó una imposibilidad de controlar qué vales fueron entregados correctamente y cuáles no, pero sí comprobándose que en varias compras se usaron ocho, diez, doce o incluso veinte vales en una misma compra, vales usados por personas no identificadas, y ello a pesar de que el número máximo de vales que se podía repartir por unidad familiar era de cinco”.

El escrito del ministerio fiscal explica que “para obtener un beneficio personal”, la acusada “contactó con su amigo” –el otro acusado- “a quien entregó en mano y siendo los últimos días de septiembre treinta vales para que hiciera una compra” en el establecimiento citado “y se la llevara a su casa”.

Y tamb¡én para que “hiciera una compra de productos de carne para consumir los dos acusados junto a sus hijos en una barbacoa celebrada en el camping de Valderredible, gastando 270 euros en esa compra”.

El acusado devolvió tres bonos al consistorio y confesó los hechos ante el propio Ayuntamiento de Camargo y ante la Guardia Civil.

El total de los vales usados en compras durante septiembre en el establecimiento tras el reparto de vales fue de 1.143, “habiendo repartido la acusada el total de 1.200 vales emitidos para ese mes”.

Por tanto, explica la fiscalía que “se gastó 11.430 euros del dinero del Ayuntamiento presupuestado para ese concepto dentro de la partida municipal Plataforma Alimentaria de Camargo”.

Al detectarse las irregularidades, la acusada fue cesada en su cargo.

El ministerio público considera estos hechos un delito de malversación de caudales, y considera a la acusada autora del mismo y al acusado, cómplice.

La condena solicitada para ella asciende a 18 meses de prisión, multa de 3.600 euros e inhabilitación para empleo o cargo público durante tres años.

En el caso del acusado, la pena pedida es de seis meses de prisión, multa de 150 euros e inhabilitación para empleo o cargo público durante un año.

En concepto de responsabilidad civil, entiende la fiscalía que ambos deben indemnizar al Ayuntamiento de Camargo de manera conjunta y solidaria en 260 euros por los vales gastados en provecho propio.

Además, a juicio del ministerio público ella debe indemnizar al consistorio “por el importe de los vales que repartía entre personas no incluidas en la lista de beneficiarios del banco de alimentos, a determinar en ejecución de sentencia” (entre 1.000 y 3.000 euros).

Por su parte, la acusación particular, que representa al Ayuntamiento de Camargo, pide una condena para la que fuera secretaria de un concejal de 22 meses de prisión, multa de 5.040 euros e inhabilitación para empleo o cargo público de tres años.

En el caso del voluntario, el Ayuntamiento camargués solicita seis meses de prisión, multa de 360 euros e inhabilitación para empleo o cargo público de un año.

En el caso de la responsabilidad civil, la representación del consistorio pide que sean ambos quienes conjunta y solidariamente le indemnicen por el importe de los vales repartidos entre personas no incluidas en el listado del banco de alimentos.

La defensa del acusado se muestra conforme con el relato fáctico pero no así como la pena solicitada, pues considera que su defendido “aportó datos decisivos para el esclarecimiento de los hechos” y además anuncia que va a consignar una cantidad de 270 euros para la total reparación del daño causado.

Así, pide que se le reconozca la atenuante muy cualificada de confesión y la muy cualificada de reparación del daño, de modo que la pena quede en tres meses de prisión, multa de 90 euros e inhabilitación para empleo o cargo público de tres meses.

Finalmente, la defensa de la acusada habla de “un supuesto hurto o incluso un delito de falsa denuncia” por parte del voluntario acusado.

“Nadie valora que mi representada tuviere sospechas de que el autodenunciado sustrajese ilícitamente alimentos del almacén, hechos por ella denunciados y que llevó al cambio de la cerradura” del mismo.

Y añade que “no existen indicios que sustenten que mi representada sustrajo para uso propio o de terceros vales descuento”.

A su juicio, todo “lleva a pensar que los hechos denunciados por el otro acusado responden a una posible falsa denuncia” y apostilla que “no existe evidencia de perjuicio económico alguno”.

Por todo ello, solicita la absolución de su representada.