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Nochebuena, Nochevieja y Jueves Santo serán días hábiles para los establecimientos
La Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio ha publicado hoy en el BOC (Boletín Oficial de Cantabria) la orden por la que se establecen los domingos y festivos en que se autoriza la apertura de establecimientos comerciales durante 2023.
La Consejería ha determinado que sean diez, que es el número al que está obligado desde el punto de vista normativo, y entre ellos ha elegido nueve domingos, donde destacan los correspondientes al 24 y 31 de diciembre, y el jueves santo, que el año que viene será el 6 de abril. El resto de los domingos, en los que los comercios podrán abrirse son el 8 de enero, el 30 de abril, el 23 y el 30 de julio, el 6 y 13 de agosto y el 26 de noviembre.
A efectos de lo dispuesto en la orden publicada hoy se considerarán días festivos los incluidos en el calendario de fiestas laborales para 2023, ya sean de carácter nacional, autonómico o local.
El consejero, Javier López Marcano, ha subrayado que el nuevo calendario se ha acordado con las asociaciones del sector y se ha comunicado a los sindicatos, a las cámaras de comercio y a todos los ayuntamientos de Cantabria.
López Marcano ha indicado que la intención ha sido elegir los días más adecuados, tanto para la actividad comercial como para el consumidor, “atendiendo y respetando los criterios establecidos en la Ley del Comercio de Cantabria”.
Para fijar el calendario para 2023, la Consejería ha seguido los criterios de coincidencia de dos festivos consecutivos, periodos de rebajas y aquéllos de gran afluencia turística en Cantabria.