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Paula Fernández Viaña destaca estos Servicios como un “servicio público esencial”, como ha quedado demostrado durante la pandemia de la COVID-19 con labores de desinfección y humanitarias.
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de Ley de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (SPEIS) de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el objetivo de recoger en un texto normativo todos aquellos criterios y mecanismos que, sin vulnerar la autonomía local, puedan contribuir a conseguir una actuación conjunta y coordinada de todos los Servicios.
Entre otras novedades, con el nuevo texto normativo, elaborado por la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, que dirige Paula Fernández Viaña, quedan plasmadas las funciones específicas de dichos servicios, que atribuyen a estos una serie de labores que exceden de la clásica función de lucha contra el fuego, ampliándolo a otros ámbitos.
Algunas de estas funciones son la asistencia, el salvamento y rescate de personas; animales y bienes; el apoyo y auxilio a la ciudadanía en todo tipo de emergencias y situaciones de riesgo; y la prevención para evitar o disminuir el riesgo de incendios u otras emergencias.
Fernández Viaña ha calificado estos Servicios como un “servicio público esencial”, ya que los SPEIS no solo circunscriben sus labores al ámbito de los incendios, sino que cumplen una función que “va más allá”, como ha quedado demostrado durante la pandemia de la COVID-19.
De esta manera, la consejera ha recordado que las aportaciones en la gestión de la emergencia sanitaria por parte de los servicios que integran el Sistema de Protección Civil ha sido “decisiva” para “reducir su impacto sobre la población con labores de desinfección y humanitarias”.
En Cantabria conviven Servicios de Prevención. Extinción de Incendios y Salvamento (SPEIS) de cuatro Ayuntamientos —Santander, Torrelavega, Castro Urdiales y Camargo— y, de la Comunidad Autónoma, éste con 6 parques repartidos por la geografía regional, que dan cobertura a todo el territorio por medio de una red autonómica que actualmente dispone de diez Parques de Emergencias.
Contenido de la norma
El texto se divide en 48 artículos, en los que realiza una regulación que parte de la exigencia de la gestión pública como figura única de gestión por parte de las administraciones públicas entre los que se encuentran integrados los SPEIS.
De este modo, el proyecto de Ley establece unos criterios regulatorios que unifican determinados aspectos proporcionando un marco normativo común, con el fin de garantizar una respuesta coordinada y eficiente en caso de emergencia.
Creación de una Comisión de Coordinación
Es por ello que a través del proyecto de ley se impulsa la creación de una Comisión de Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento, a la que se dota de una estructura formada por representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma y de las entidades locales de Cantabria.
De esta manera, la principal función de este órgano consultivo será realizar propuestas de todas las medidas que se consideren convenientes para la mejora de los SPEIS, tanto en el ámbito formativo como el establecimiento de métodos y protocolos de actuación, medios y recursos mínimos necesarios, así como de la uniformidad que deberán ser acordados entre las distintas administraciones correspondientes.
Finalmente, el proyecto de Ley establece un catálogo de derechos y deberes del personal de los SPEIS, y un régimen disciplinario, sin olvidarse del personal del Organismo Autónomo SEMCA, que continuará rigiéndose por su propio Convenio Colectivo pero que forma parte del Servicio Autonómico en el que está integrado y desempeña las funciones que corresponden a este Servicio.
Figura del bombero
La figura del bombero se asocia en el imaginario social a la esencia de la función pública de servicio a la ciudadanía, de quien está dispuesto a poner en riesgo su vida para salvar la de otros.
Conviene destacar que en la actuación de estos Servicios está en juego la salvaguarda del primero de todos los derechos humanos, el derecho a la vida y a la integridad física.
Al margen, el reconocimiento de la figura del bombero exigía acometer en este proyecto de Ley la regulación del estatuto jurídico del personal del Servicio de la Administración de Cantabria.
Entre las cuestiones que constituyen el marco de este estatuto jurídico se encuentren la organización de una estructura organizativa y funcional, los principios básicos comunes de la segunda actividad, los requisitos de acceso y selección y el grupo de titulación para la categoría de bombero C1.