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Según el escrito del ministerio fiscal, el acusado, “motivado por los celos y la ruptura de la relación del día anterior” con su pareja, “con ánimo de acabar con su vida”, tras abandonar la mujer un pub, cogió un cuchillo de cocina del establecimiento “que escondió en la manga de su sudadera” y la siguió hasta su domicilio.
Cuando llegó, llamó “insistentemente” al timbre y también por teléfono, negándose la mujer a que subiera “ya que no tenía nada que coger de su casa”.
“Ante la reiteración de la conducta del acusado, la mujer abrió la puerta del portal para que pudiera recoger un ordenador que le había dejado en el descansillo” al lado de la puerta de entrada de la casa, “siendo tal la insistencia del acusado que para evitar el escándalo que estaba provocando la mujer finalmente le abrió la puerta”.
Una vez allí mantuvieron una discusión y se dirigieron al cuarto de la mujer donde el hombre “de forma sorpresiva y sin que ella pudiera defenderse, comenzó a asestarle varias puñaladas con el cuchillo” en la zona del estómago y un costado, “llegando a romperse el cuchillo como consecuencia de la fuerza y violencia ejercida”. Una vez en el suelo la mujer, el acusado comenzó a darle patadas y puñetazos mientras le insultaba.
Las compañeras de piso de la mujer acudieron a la habitación e intentaron sujetar al acusado “no logrando su propósito”. El hombre entonces se dirigió a la cocina “donde cogió un cuchillo de grandes dimensiones” y regresó a la habitación de su expareja, quien “se había encerrado empujando la puerta”.
Las otras dos mujeres trataron de calmarlo y cogerle el cuchillo, “llegando incluso a sujetar la manilla de la puerta para que no pudiera entrar, momento en el que el acusado se giró hacia ellas, apuntandoles con el cuchillo”. “Ante el temor infundido de causarles un grave daño a su vida o integridad física, se encerraron en su cuarto y procedieron a llamar al 112”, añade el escrito de la fiscalía.
Y continúa señalando que el acusado entonces venció la resistencia de su expareja sobre la puerta para evitar que entrara en la habitación, el hombre accedió a la misma y tras decirle que iban a hablar y mantener un pequeño forcejeo le propinó “varias puñaladas por la espalda y diversas partes del cuerpo, consciente de que con sus reiterados ataques aumentaba el dolor de la víctima”.
La mujer solo pudo arrastrarse hasta la puerta de la habitación “mientras la continuaba acuchillando, instante en el que el acusado tiró el cuchillo al suelo y estuvo dando vueltas por la casa”.
“Finalmente, el acusado regresó donde yacía moribunda la mujer, propinándole otro golpe”, señala el escrito de calificación fiscal, que precisa que cuando llegaron los agentes de la Guardia Civil la mujer “no presentaba ninguna constante vital”, “falleciendo como consecuencia de las 29 lesiones producidas por arma blanca”.
Los hechos narrados, acaecidos el 3 de enero de 2019 en Laredo, constituyen, a juicio del ministerio público, un delito de asesinato, con la concurrencia de las circunstancias agravantes de parentesco y de género, y otro delito de amenazas.
La condena solicitada por el primer delito asciende a 25 años de prisión y 10 años de libertad vigilada tras su salida de la cárcel.
Por el segundo de los delitos, las amenazas, la fiscalía pide tres años de prisión, y alejamiento y prohibición de comunicación durante cuatro años con las compañeras de piso de la fallecida.
En concepto de responsabilidad civil, solicita una indemnización de 120.000 euros para la hija de la fallecida y de 60.000 euros para la madre.
Por su parte, la representación legal de la madre de la víctima, que ejerce la acusación particular, solicita una condena por el delito de asesinato de 23 años y 9 meses de prisión.
Además, pide que se prohíba al acusado residir en Laredo o en aquel lugar en el que residan los familiares de la víctima durante diez años posteriores al cumplimiento de la condena, y que se imponga el alejamiento y prohibición de comunicación con ellos durante el mismo periodo.
En cuanto a la indemnización, la acusación particular solicita que su representada, la madre de la fallecida, sea indemnizada en 72.438 euros.
En este procedimiento también se ha personado como acusación popular la Asociación Clara Campoamor. En su escrito de calificación solicita una condena de 25 años de prisión por el delito de asesinato y cinco por el de amenazas.
Además, pide el alejamiento y la prohibición de comunicación con los familiares de la víctima (madre, hija y hermana) durante un periodo de treinta años, con cumplimiento simultáneo a la pena de prisión, a fin de que sea efectiva durante los permisos penitenciarios de que pudiera disfrutar el acusado. Junto a ello, solicita una medida de libertad vigilada tras la salida de prisión de diez años.
El Gobierno de Cantabria también ejerce la acusación popular en este procedimiento, y en su escrito de calificación coincide con las penas pedidas por la Asociación Clara Campoamor: 25 años por el asesinato, cinco por las amenazas, y alejamiento y prohibición de comunicar con los familiares de la víctima durante un periodo de treinta años.