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Publicada en el BOE la Resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre, en la que se establece la fecha de la puesta en marcha del Registro de Comunicaciones de los Servicios de Arrendamiento de Vehículos con Conductor (VTC).
El Boletín Oficial del Estado publicó ayer la Resolución de 15 de marzo de 2019 de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se anuncia que el sistema informático de gestión del Registro de Comunicaciones de los Servicios de Arrendamiento de Vehículos con Conductor, se encontrará operativo a partir del día 1 de abril de 2019.
La puesta en funcionamiento de este registro tiene como objetivo el de garantizar una competencia leal entre el sector del Taxi y el del alquiler de vehículo con conductor, facilitando en este caso el control del cumplimiento de las condiciones de prestación de los servicios VTC mediante un registro electrónico gestionado por la Dirección General de Transporte Terrestre.
De este modo, a partir del 1 de abril se deberán comunicar previamente al Registro los datos relativos a cualquier servicio VTC que sea demandado. Con objeto de facilitar al máximo la implementación de esta medida, se han habilitado dos formas de acceso, una a través de una aplicación web disponible en la sede electrónica del Ministerio de Fomento y otra mediante un servicio web que permitirá a las empresas integrar esta comunicación en sus propias aplicaciones informáticas.
Este Registro VTC permitirá a los órganos de control competentes la consulta y el control tanto de la contratación previa al inicio de los servicios, como de la regla de la habitualidad según la cual el 80% de los servicios VTC deben ser prestados en la comunidad autónoma donde se encuentre domiciliada la autorización.