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La orden y su extracto, publicadas hoy en el BOC, fijan un importe de 370.000 euros destinados a zonas de riesgo de exclusión digital.
La Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio ha publicado hoy la orden y el extracto por las que se destinan 370.000 euros a las ayudas para la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios unifamiliares destinadas a la captación de televisión digital en Cantabria.
El consejero, Javier López Marcano, considera que estas ayudas contribuirán a que la ubicación de los hogares familiares no sea tan determinante para disponer del acceso a un recurso de información y entretenimiento tan demandado como es el de la televisión digital, y de esta manera reducir las desigualdades entre las poblaciones rurales y las urbanas para conseguir un equilibrio territorial en la región que contribuya a evitar el despoblamiento.
Marcano ha explicado que el respeto al principio de neutralidad tecnológica en actuaciones de universalización de la televisión conlleva una realidad del servicio “multiplataforma”, con un alto grado de recepción vía satélite en las zonas menos pobladas y en riesgo de despoblamiento que, por la propia distribución territorial cántabra, afectan principalmente a edificios unifamiliares. Precisamente por ese motivo las ayudas se dirigen a las unidades familiares ubicadas en esas zonas de riesgo de exclusión digital y únicamente podrá solicitarse una subvención por cada familia.
Las ayudas previstas se concederán en régimen de concurrencia competitiva y se destinarán a cubrir inversiones y gastos directamente relacionados con las adaptaciones que se realicen en los hogares, como son los elementos de captación, adaptación, distribución, dispersión y el cableado imprescindible para asegurar la correcta captación, distribución y entrega, al menos, de los servicios radiodifundidos en alta definición.
Para que las inversiones sean subvencionables la adecuación de las instalaciones deberá ser efectuada por un instalador autorizado y adherido a esta convocatoria. También se tendrá en cuenta que el conjunto de elementos que se integren en la instalación, como consecuencia de las actuaciones subvencionadas, se considerará parte del inmueble, debiendo permanecer en el mismo al menos cinco años desde la notificación de la resolución, siendo causa de revocación y reintegro de la subvención, su retirada o supresión. No obstante, lo anterior, la Dirección General de Transportes y Comunicaciones podrá autorizar su retirada o destrucción antes del citado plazo en casos debidamente justificados, relacionados con avances tecnológicos, averías o desperfectos de tales instalaciones.