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El BOC ha publicado las órdenes y correspondientes extractos que reservan 1,27 millones de euros para estas actuaciones
La Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio del Gobierno de Cantabria ha puesto en marcha el programa de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones, tanto en edificios unifamiliares como en comunidades de propietarios. Las órdenes y correspondientes extractos se publicaron el día 11 en el BOC con un presupuesto de 1,27 millones de euros, dentro del programa ‘Conecta Cantabria’ y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Unión Europea.
Con respecto a las comunidades de propietarios, las subvenciones destinadas a la ejecución de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones se refieren a edificios ubicados en Cantabria y cuentan con un presupuesto de 901.414,08 euros, de los cuales 241.856,45 euros se llevarán a cabo con cargo a la aplicación presupuestaria del programa ‘Conecta Cantabria’ para 2022 y el resto, 659.557,63 euros, de la que corresponda en el ejercicio de 2023.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades de propietarios, de un edificio o conjunto de edificaciones, sujetos al régimen de propiedad horizontal y que precisen adaptar sus instalaciones de telecomunicaciones en el interior del edificio o conjunto de edificaciones.
Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva y las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos, aunque podrán ir registrándose solicitudes en lista de reserva provisional, pendientes de que se produzcan desestimaciones o revocaciones de las solicitudes o bien se incorpore nuevo presupuesto a la convocatoria.
Actuaciones
Las subvenciones se destinarán a cubrir inversiones y gastos directamente relacionados con la instalación de infraestructura de telecomunicaciones adaptada para radiodifusión sonora, televisión digital y banda ancha ultrarrápida (instalación completa); infraestructura de telecomunicaciones adaptada para radiodifusión sonora, televisión digital y banda ancha ultrarrápida (instalación parcial); e infraestructura de telecomunicaciones adaptada exclusivamente para banda ancha ultrarrápida.
La actuación para la instalación completa de la infraestructura de telecomunicaciones adaptada para radiodifusión sonora, televisión digital y banda ancha ultrarrápida se destina a los edificios concluidos antes del 1 de enero de 2000, para su adaptación hasta la ubicación equivalente al punto de acceso al usuario, (PAU), del que se disponga o se deba instalar, con sus correspondientes canalizaciones en caso necesario. También se prevén en este caso la renovación de los elementos de captación, adaptación, distribución, dispersión, con el cableado imprescindible, para asegurar la correcta captación, distribución y entrega, al menos, de los servicios radiodifundidos. También, en caso de que proceda, se llevará a cabo la desinstalación y retirada de los equipos y sistemas de telecomunicaciones externos en desuso, tales como aparamenta, cables, antenas, incluidos los eléctricos o electrónicos que tengan asociados con la correcta gestión medioambiental de los residuos generados.
Con respecto a la instalación parcial de la infraestructura de telecomunicaciones al no incluir los de radiodifusión sonora y televisión digital ni los elementos de captación, ni de adaptación, ésta se destina a los edificios concluidos antes del 1 de enero de 2000 hasta la ubicación equivalente al punto de acceso al usuario del que se disponga o se deba instalar, con sus correspondientes canalizaciones en caso necesario. Con esta línea del programa se renovarán los elementos de distribución y dispersión, con el cableado imprescindible, para asegurar la correcta distribución y entrega, al menos, de los servicios radiodifundidos y se desplegará en la edificación una red de banda ancha ultrarrápida desde el punto de interconexión hasta cada punto de acceso del usuario con la desinstalación y retirada de los equipos en desuso.
Con respecto a la instalación de la banda ancha ultrarrápida en los edificios, se refiere a los concluidos antes del 1 de enero de 2000 y la instalación se llevará a cabo hasta el punto de acceso al usuario (PAU) con sus correspondientes canalizaciones en caso necesario con la desinstalación y retirada de los equipos y sistemas de telecomunicaciones externos en desuso.
La orden de ayudas especifica que serán subvencionables las actuaciones que se materialicen en el período que va desde la presentación de la solicitud hasta la fecha de finalización del proyecto y que el plazo máximo para la ejecución de las actuaciones objeto de la ayuda será el 31 de diciembre de 2023.
Gastos subvencionables
Serán gastos subvencionables los trabajos vinculados a la actividad del titulado competente en materia de telecomunicaciones: elaboración del correspondiente proyecto técnico, dirección de obra y certificación final, así como, los informes técnicos de renovación y memorias que fuesen necesarios y, en su caso, la consulta a los operadores de telecomunicaciones y la verificación voluntaria del proyecto y del certificado.
También serán subvencionables los trabajos vinculados a la actividad de la empresa instaladora: elaboración del presupuesto de obra, ejecuciones materiales (equipamiento de todo tipo que se precise, la realización de las medidas de comprobación y su correspondiente mano de obra), realización del boletín de instalación de telecomunicaciones y del protocolo de pruebas asociado y, en su caso, de los costes de la desinstalación y la retirada de los equipos y sistemas de telecomunicaciones externos en desuso, una vez realizadas las actuaciones subvencionables y de su correcta gestión medioambiental en cumplimiento de la normativa vigente y aplicable a los residuos generados, siempre que no se trate de sistemas o equipos para los que se haya regulado el régimen de responsabilidad ampliada del productor del producto.
Dentro de los gastos subvencionables se admitirán los impuestos indirectos aplicables cuando no sean susceptibles de recuperación o compensación por el beneficiario, excluyendo el IVA.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto de forma continuada desde el 12 de mayo, hasta el agotamiento del crédito disponible, o en caso de que esto no ocurra, hasta el 29 de septiembre de 2023.
La presentación de solicitudes deberá realizarse obligatoriamente de forma telemática a través de alguno de los instaladores situados en Cantabria previamente adheridos a esta convocatoria.
Edificios unifamiliares
Para los edificios unifamiliares de Cantabria se destinan 370.000 euros para ayudas a la captación de televisión digital de alta definición. Los beneficiarios son las personas que tengan fijada su residencia habitual en zonas en riesgo de exclusión digital, con anterioridad a la presentación de la solicitud, y la cuantía máxima de la subvención será de 500 euros.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 12 de mayo, hasta el 17 de octubre de este año y la presentación de solicitudes deberá realizarse de forma telemática a través de alguno de los instaladores de Cantabria previamente adheridos a esta convocatoria, y mediante el modelo normalizado recogido en el anexo de la orden publicada.