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- Falsedad, prevaricación y malversación, lesiones, abuso sexual a menores, contra el derecho de los trabajadores y estafa son las causas que se juzgan esta próxima semana en la Audiencia Provincial
- Agenda de juicios de la semana del 22 de junio de 2021
Martes, 22 de junio, 09:30 horas, Sección Primera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Abreviado 47/2020
Falsedad, prevaricación y malversación
Acusados el que fuera alcalde pedáneo del Concejo de Las Rozas en la localidad de Las Rozas de Valdearroyo y el secretario pedáneo de un delito de falsedad, por remitir entre 2013 y 2014 al Boletín Oficial de Cantabria actas de sesiones de juntas ordinarias que no se habían celebrado.
En las mismas se hacía constar la aprobación de las cuentas generales de 2012 y de 2013, así como los presupuestos de 2014 y el inventario de bienes del mismo año.
Ambos “eran plenamente sabedores de que tales juntas no se habían celebrado”, explica la fiscalía.
Además, se acusa al alcalde pedáneo de concertar un contrato con una empresa al margen de la junta y “vulnerando el procedimiento de contratación”, con la finalidad de realizar unas obras de acondicionamiento de un edificio de viviendas. En el contrato ambas partes se comprometían a formalizar un contrato de alquiler a largo plazo.
Según explica el ministerio fiscal, el alcalde entregó a cuenta del Concejo un total de 30.000 euros para hacer frente a los gastos iniciales.
“El acusado, plenamente conocedor de lo expuesto, otorgó tal contrato al margen de la junta, de modo que, vulnerando el procedimiento de contratación, procedió a la adjudicación directa, soslayando la necesidad de tramitar un expediente”, señala la calificación fiscal.
Posteriormente, el Concejo declaró la nulidad del contrato y exigió la restitución íntegra de los 30.000 euros, que ya están depositados.
Por último, “con pleno conocimiento de que estaba infringiendo sus obligaciones como alcalde pedáneo respecto de la correcta y adecuada gestión de los fondos del Concejo, disposición de gasto y ordenación de pagos con la debida constancia documental y contable, acordó el gasto de dichos fondos por medio de cheques emitidos a cargo de las cuentas bancarias titularidad del ente público, al portador o a su propio nombre, sin expresar el concepto a que se destinaban tales efectivos, y al margen de todo procedimiento”.
Así, el acusado firmó hasta siete cheques por un importe total de 3.830 euros.
Los hechos constituyen, a juicio del ministerio fiscal, un delito continuado de falsedad en documento oficial, que atribuye tanto al alcalde pedáneo como al secretario; así como un delito de prevaricación y otro de malversación, ambos atribuidos al alcalde.
La pena solicitada para ambos por el delito de falsedad asciende a cinco años de prisión y multa de 5.400 euros.
Para el delito de prevaricación, el ministerio fiscal pide una condena de siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y para el delito de malversación, un año y siete meses de prisión, así como una multa de 3.000 euros.
En concepto de responsabilidad civil, la fiscalía considera que el que fuera alcalde pedáneo debe indemnizar al Concejo de Las Rozas en 3.830 euros, la cantidad que suman los cheques por él firmados.
Martes, 22 de junio, 10:00 horas, Sección Tercera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Abreviado 41/2018
Lesiones
Cuatro acusados de agredir a dos hermanos. Cuando todos ellos se encontraban en un pub de Santander, se inició una discusión entre los dos grupos y uno de los acusados propinó un puñetazo a uno de los hermanos. Una vez que salieron todos a la calle, otros dos acusados le golpearon contra una puerta de cristal, rompiendo ésta y provocando al agredido un grave traumatismo facial.
Igualmente, los cuatro acusados dieron varias patadas y puñetazos al otro hermano, al que causaron fractura mandibular.
Los hechos constituyen, según el ministerio fiscal, dos delitos de lesiones merecedores de una condena de cuatro años y medio de prisión para dos de los acusados por las lesiones al primer hombre, y dos años de cárcel para todos ellos por las lesiones al segundo.
Además, deberán indemnizar al primer lesionado en 5.300 euros y en 6.900 euros al segundo.
Miércoles, 23 de junio, 09:30 horas, Sección Primera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Abreviado 45/2020
Abuso sexual a menores
Acusado un joven de 18 años de abusar de una menor, de doce años.
Según el escrito del ministerio fiscal, el acusado, que era perfectamente conocedor de la edad de la menor, se acercó a ella para pedirle el teléfono de su amiga, porque según le dijo él, la amiga le gustaba.
La menor le mandó el teléfono al acusado y desde entonces éste empezó a mandar mensajes a la niña por WhatsApp en los que le expresaba su deseo sexual.
El acusado pidió a la menor hablar con ella cara a cara y cuando se vieron el acusado “a sabiendas de que la niña era menor de edad y con la finalidad de satisfacer sus instintos sexuales” le comentó que le apretaban los calzoncillos y ella le respondió que cambiaran de tema.
Entonces, la niña “observó que el acusado se había bajado los pantalones y le mostraba su pene con ánimo libidinoso”. Cuando la niña trataba de marchar, el acusado intentó impedirle el paso, pese a lo que la menor logró zafarse dándole un codazo.
En otra ocasión, el acusado se dirigió a la menor cuando se encontraba esperando a sus amigos y “con ánimo libidinoso” le tocó sus partes íntimas.
Según relata la fiscalía, estos hechos han provocado en la niña un “profundo malestar que interfiere en diversos aspectos de su vida, con estado de ánimo deprimido, alteración de sueño, condicionamientos en su apariencia y vestimenta y resistencia a acudir al pueblo donde sucedieron los hechos”.
A juicio del ministerio público, los hechos constituyen un delito de abusos sexuales a menor merecedor de una pena de tres años de prisión, prohibición de comunicar y acercarse a la menor durante seis años y multa de 5.760 euros.
Además, en concepto de responsabilidad civil pide que la menor sea indemnizada en 6.000 euros por los perjuicios psicológicos sufridos.
Miércoles, 23 de junio, 10:00 horas, Sección Tercera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Abreviado 10/2021
Contra el derecho de los trabajadores
Acusado de, en su calidad de responsable de una empresa que gestionaba un club de alterne, tener contratadas a varias personas sin alta en la Seguridad Social.
Según el escrito de la fiscalía, en el club, situado en Santander, trabajaban de forma habitual unas 25 personas, “sin que la gran mayoría de ellas estén dadas de alta en la Seguridad Social, tratándose en algunos casos de trabajadoras extranjeras sin permiso de trabajo”, y ello “conociendo el acusado tanto la obligación de alta laboral de cualquier trabajador como la ilegalidad de la contratación de personas sin permiso de trabajo”.
En una inspección realizada por el Grupo Operativo de Extranjeros junto a subinspectores de la Seguridad Social se identificaron a 25 personas y 17 de ellas carecían de alta en la Seguridad Social.
Además, cuatro de ellas ejercían alterne y carecían de autorización para trabajar.
Los hechos constituyen, según el ministerio fiscal, un delito contra los derechos de los trabajadores, con la concurrencia de la agravante de reincidencia, ya que el acusado fue condenado anteriormente por el mismo delito.
La pena solicitada asciende a cinco años y medio de prisión y multa de 7.200 euros. También pide la fiscalía la clausura temporal del establecimiento durante un plazo de seis años.
Jueves, 24 de junio, 10:30 horas, Sección Primera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Abreviado 11/2021
Estafa
Acusado de estafar a un hombre de 78 años, enfermo, quien tenía aminorada su capacidad de comprensión.
Según el escrito del ministerio fiscal, el acusado vendió a la víctima en su propio domicilio y mediante financiación un colchón por 1.896 euros, cuando el hombre ya había comprado otro colchón cuatro meses antes, también con financiación.
El acusado “le dijo al denunciante que venía de parte de la misma empresa que le vendió el colchón unos meses antes y que le llevarían el anterior, pues estaba en garantía, y que podía comprar el nuevo pagando solo 400 euros más”.
Entonces, “le hizo firmar un nuevo préstamo, que no resolvía el anterior y, por supuesto, no recogió ni mandó a nadie a recoger el primer colchón, al no ser verdad que se sustituía un pago por otro, pues realmente era una segunda financiación añadida a la primera”.
La fiscalía considera que el acusado tenía “la idea preconcebida de obtener un beneficio económico ilícito” y que se aprovechó de que la víctima se encontraba “en menor capacidad de comprensión a causa de su enfermedad”.
A su juicio, los hechos constituyen un delito de estafa, merecedor de una pena de dos años de prisión, así como del pago de una indemnización de 1.896 euros que el acusado debería abonar a la víctima.
La acusación particular que ejerce la representación legal del hombre presuntamente estafado eleva la petición de condena a cuatro años de cárcel y 3.600 euros de multa, al considerar cualificado el delito de estafa.
Jueves, 24 de junio, 10:00 horas, Sección Tercera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Abreviado 12/2021
Lesiones
Tres acusados –un hombre y una pareja- de enzarzarse en una pelea tras una disputa de tráfico que derivó en discusión.
Según la fiscalía, uno de los acusados propinó un fuerte puñetazo en la cara de la mujer que la hizo caer al suelo, y golpeó con puñetazos y patadas al otro hombre.
Por su parte, la pareja golpeó al otro acusado con patadas y puñetazos que también le hicieron caer al suelo.
Como consecuencia de la mutua agresión, todos ellos resultaron con heridas diversas en el rostro.
La fiscalía califica los hechos como delitos de lesiones, merecedores de cuatro años de prisión y multa de 600 euros para el acusado de agredió a la pareja, así como una indemnización de 4.320 euros; y dos años de prisión e indemnización de 1.200 euros para la pareja que agredió al hombre.
Jueves, 24 de junio, 12:00 horas, Sección Tercera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Abreviado 14/2021
Estafa
Acusado de contratar la rehabilitación y luego la construcción de una vivienda que no llegó a producirse.
Según explica el ministerio fiscal en su escrito, “con la idea preconcebida de obtener un beneficio económico ilícito”, el acusado contrató con una mujer la rehabilitación de una vivienda con el compromiso de acabar en cuatro meses. La mujer hizo un pago de 24.290 euros, pero el acusado solo llevó a cabo la demolición del tejado y del interior de la casa, así como el inicio del cerramiento de la finca.
Explica la fiscalía que entonces el acusado “aduciendo una supuesta denuncia de la Dirección General de Carreteras, renegoció el contrato” para, por 10.000 euros más, tirar la vivienda y rehacerla unos metros más atrás.
“Sin embargo, el acusado solo ganaba tiempo con esta excusa, pues nunca realizó más trabajos en la obra, a pesar de recibir más ingresos de la perjudicada en los meses sucesivos”, hasta un total de 44.290 euros.
El ministerio fiscal considera estos hechos un delito de estafa merecedor de una pena de cuatro años de prisión y multa de 4.500 euros. Además, también pide condena para la mercantil del acusado: una multa de 80.000 euros.
En concepto de responsabilidad civil, solicita que tanto el acusado como su empresa indemnicen a la perjudicada en 25.000 euros.