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Cantabria aumenta en un 125% las ayudas a asociaciones de pacientes sin ánimo de lucro

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El importe total de las subvenciones asciende a un total de 45.000 euros

El Gobierno de Cantabria ha incrementado en un 125% el número de ayudas otorgadas a las asociaciones de pacientes sin ánimo de lucro para su formación en autocuidados, así como ha incluido el desarrollo de servicios digitales (Apps) y acciones de capacitación digital.

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado las bases y la convocatoria para subvenciones destinadas a asociaciones sin ánimo de lucro que realicen actividades de interés sanitario en el ámbito de la atención sanitaria de Cantabria durante el ejercicio 2021, con una cuantía máxima de 45.000 euros.

De esta manera, el objetivo por el que se convoca esta orden es para financiar en 2021 a las Asociaciones de pacientes o familiares de pacientes sin ánimo de lucro que tengan previsto desarrollar de forma prioritaria actividades de interés sanitario, con especial orientación a la atención de pacientes con enfermedades crónicas, en el ámbito de la atención sanitaria en Cantabria.

En este sentido, se consideran actividades de interés sanitario aquellas que tengan por objeto la promoción de conocimientos y habilidades dirigidas a capacitar a pacientes, familiares y cuidadores para aumentar el autocuidado y la autonomía del paciente frente a las necesidades de las enfermedades crónicas; y a potenciar la figura del paciente experto como agente activo de su propia salud.

Esta convocatoria se enmarca dentro de las competencias de desarrollo legislativo y ejecución en materia de sanidad e higiene, promoción, prevención y restauración de la salud.

Presentación de la solicitud

El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación correspondiente será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC.

La cumplimentación se presentará en el registro de la Consejería de Sanidad situada en la calle Federico Vial nº 13 de Santander o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por otro lado, las solicitudes estarán a disposición en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el portal www.cantabria.es y podrán presentarse en el Registro correspondiente.

Para más información consultar el Boletín Oficial de Cantabria https://boc.cantabria.es/boces/ en su edición de ayer.

Boletín Oficial de Cantabria

Fecha BOC: 24 de marzo de 2021

Enlace BOC