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El Gobierno formula declaración de impacto ambiental favorable para los parques eólicos de Campoo Alto y La Costana

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El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado hoy la resolución de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente por la que se formula declaración de impacto ambiental favorable con condiciones, para los proyectos de parque eólico La Costana, en San Miguel de Aguayo y Campoo de Yuso, y Campo Alto, en Campoo de Yuso, promovidos por Iniciativas Eólicas de Cantabria, S.L.

La declaración es única para los dos parques dado que son promovidos por la misma empresa, están muy próximos y comparten todas las infraestructuras de acceso y evacuación de la energía producida, lo que permite reducir los impactos sinérgicos y acumulados de los proyectos.

La declaración de impacto formulada por la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático acepta algunas de las modificaciones del proyecto inicial planteadas por el promotor, que proponía eliminar dos aerogeneradores, pero impone la eliminación de un tercer aerogenerador, por lo que los dos parques suman 9 aerogeneradores y una potencia total de 35,4 megavatios.

También se acepta la propuesta del promotor de reubicación de la subestación eléctrica Campo Alto, eliminando la construcción de un pórtico especial y reduciendo la longitud de la línea eléctrica de evacuación; la modificación del vial de acceso al parque eólico, evitando el paso por la localidad de Monegro, y la modificación del diseño de las torres y de la ubicación de los apoyos de la línea eléctrica de evacuación para evitar la afección directa al arbolado autóctono.

Como medida preventiva de las afecciones a las aves, todos los aerogeneradores deberán están provistos de dispositivos de detección, disuasión y parada, dotados de cámaras de estereovisión 360 grados, con módulos de disuasión estroboscópica y mediante sonidos y módulo de parada.

La declaración de impacto ambiental obliga al promotor a cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias necesarias para llevar a cabo un proyecto de estas características, así como medias de restauración y compensación frente a los impactos residuales o imprevistos sobre hábitats de interés comunitario, aves y quirópteros, paisaje, patrimonio cultural y población, además del correspondiente seguimiento y vigilancia ambiental.