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La Seguridad Social destinó en Cantabria 31,4 millones de euros a permisos por nacimiento y cuidado de menor en 2021

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El Instituto Nacional de la Seguridad Social tramitó el año pasado en Cantabria 4.927 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor. De ellas, 2.386 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 2.541, al segundo progenitor. El gasto en esta prestación en 2021 en la Comunidad Autónoma ascendió a 31.479.532 euros.

En el conjunto del país se tramitaron 472.015 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor por un importe total de 3.010,53 millones de euros.

Esta prestación sería la equivalente a las prestaciones de maternidad y paternidad vigentes hasta abril de 2019 y cuya completa equiparación ya se produjo hace un año, el 1 de enero de 2021. Desde entonces, la prestación es igual para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible. Este permiso es de 16 semanas y 6 de ellas deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en caso de adopción, guarda o acogimiento.

La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social permite solicitar telemáticamente esta prestación, así como los periodos sucesivos de descanso si los progenitores optan por dividir las 16 semanas. Se puede iniciar el trámite, sin necesidad de desplazamientos a las oficinas de la Seguridad Social, a través del portal Tu Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es/) con certificado digital o usuario y contraseña en Cl@ve permanente, y en el portal sin certificado: https://tramites.seg-social.es/.

EXCEDENCIA POR CUIDADO DE HIJO/A, MENOR ACOGIDO O FAMILIAR   

Por otro lado, el número de excedencias dadas de alta en Cantabria en 2021 fue de 382, de las que 299 correspondieron a mujeres y 83 a hombres. El número de excedencias ha descendido un 16,9 por ciento respecto al año anterior. En el conjunto del país fueron 47.955 las excedencias dadas de alta.

Los trabajadores pueden solicitar excedencia para atender a hijos/as o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo/a o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.