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Nueva Ordenanza Reguladora en Bezana para la instalación de terrazas

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Bezana, 30 de septiembre.

El ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana ha aprobado, de forma provisional, una nueva Ordenanza Reguladora para la instalación de terrazas, expositores y otros elementos exteriores, asociados a los locales de hostelería y comercio del municipio.  Una normativa que, una vez aprobada por el pleno municipal, será sometida a información pública por un plazo de 30 días, en el Boletín Oficial de Cantabria y el tablón de anuncios digital del consistorio bezaniego.

El nuevo modelo de ordenanza municipal de Santa Cruz de Bezana pretende regular y ordenar la instalación de terrazas exteriores, tanto en suelo público como privado de libre edificación.

Tal y como ha explicado el alcalde, Alberto García Onandía, “estos último meses hemos trabajado en este modelo de ordenanza, en la cual no solo se hace referencia a la ocupación de un espacio, sino que se establecen una serie de criterios para determinar un modelo de terraza, con un diseño de espacio más o menos homogéneo y coherente con el entorno, y en el que siempre se va a priorizar la protección del peatón y la accesibilidad universal”.

“Se trata de defender los derechos de nuestros vecinos, al tiempo que ofrecemos a los hosteleros y comerciantes la posibilidad de llevar adelante sus negocios de la mejor manera posible. Más aún, en un momento en el que la pandemia “ha obligado” a los empresarios a sacar sus negocios de hostelería a la calle. Somos conscientes de que es una cuestión que ha venido para quedarse y por eso teníamos que redefinir nuestra ordenanza reguladora en este sentido”, ha añadido García Onandía.

Así, el Ayuntamiento otorgará licencias de ocupación en áreas de aparcamiento de vehículos, únicamente por razones excepcionales, debidamente motivadas, y con carácter ocasional o de temporada, como ha ocurrido durante la pandemia por Covid19.

Las terrazas podrán ser al aire libre o cubiertas, y proporcionadas al tamaño e intensidad de uso en el interior de los locales. Además, en terrenos de dominio público municipal, la superficie de la terraza guardará proporción al espacio disponible en el entorno y el cómputo de la superficie de ocupación por terrazas se realizará en metros cuadrados.

Accesibilidad

Con el objetivo de garantizar la accesibilidad universal, las terrazas deberán respetar y mantener los itinerarios o accesos peatonales, con un mínimo de 2 metros de sección, incluidos accesos a viviendas u otros locales, los pasos de peatones, plazas de aparcamiento, especialmente aquellas reservadas a personas con movilidad reducida, bocas de riego, salidas de emergencia, paradas de transporte público, etc.

Asimismo, en consonancia con la Ordenanza Municipal sobre Protección de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Actuaciones Antisociales, se ha conciliado el uso de terrazas, tanto en terrenos de dominio público como en suelo privado libre de edificación, con el descanso de los vecinos y vecinas.

Así, de manera general, no se permitirán la instalación de aparatos reproductores de sonido ni la celebración de espectáculos musicales, teatro u otros que puedan generar ruidos. Solo de forma excepcional, tras la realización de un estudio y valoración previa por parte del consistorio, podrán autorizarse este tipo de espectáculos.

Tasas

El pleno municipal también aprobó la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Instalación de Terrazas, Expositores y otros Elementos Análogos asociados a Locales de Hostelería y Comercio.

Como novedad, esta tasa se computará en función de los metros cuadrados de superficie ocupada y no por el número de mesas o sillas. Además, con esta nueva Ordenanza el coste final de la tasa resulta inferior a la que se pagaba anteriormente en el municipio, y podrá tener carácter anual o de temporada.

De igual modo, la bonificación municipal para la instalación de terrazas que el consistorio decretó con el inicio de la pandemia, seguirá vigente “hasta que el sector de la hostelería recupere su actividad normal, previa a la crisis sanitaria”.